Análisis y resumen de la Ley LOPCYMAT concerniente a los deberes y derechos de los trabajadores, trabajadoras, empleadores y empleadoras. A fin derealzar lo mas relevante que dictamina la ley.
TÍTULO IV DE LOS DERECHOS Y DEBERES
Regida por la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT) y el instituto responsable decubrir la aplicación de la misma (INPSASEL) Institutonacional de prevención, salud y seguridad laboral.
CAPÍTULO I Derechos y deberes de los trabajadores y trabajadoras Derechos de los trabajadores y trabajadoras.
Art. 53: Tienen derecho al ejercicio en ambientes laboralesadecuados, salubres y seguros que propicienentonces el buen desarrollo de sus ejercicios físicos ymentales, garantizando siempre el bienestar común.
Suministro de información previa de manera periódica, teórica y practica relevantes a su trabajo, así como las medidas de cautela del ejercicio o áreas de trabajo, con respecto a sustancias o materiales peligrosos. Mejorar las condiciones y ambiente de trabajo para prevenir accidentes o estados insalubres. No debe ser sujeto a realizar actividades peligrosas, o insalubres así como el Rehusarse a trabajar cuando por causas razonables sea peligroso. Inspección Acompañada por el personal.
*Exámenes de salud periódicamente, así como la confidencialidad del mismo.
*Expresar libremente sus ideas u opiniones.*Participar en actividades recreativas, tiempolibre, descanso.
*Ser protegidos legalmente por el despido, como también de denuncias en caso de accidentes laborales, que acarreen sanciones.
*Recibir los pagos respectivos contemplados en la ley.
*Los empleadores (as) deben afiliar al Régimen prestacional de seguridad y salud en el trabajo al empleado (a), de no ser así se debe hacerse la denuncia, y debe cumplir con el pago adecuado del mismo.
Deberes Art. 54: Ejercer las actividades correspondientes a su contratolaboral regidas por sus respectivas normas y leyes enambientes de seguridad y salubridad para el bienestarcomún.
El trabajador(ra)debe hacer uso adecuado y mantener en buen estado de los sistemas de control, así como el de denunciarlo a los supervisores respectivos de condiciones donde afecten la seguridad y salud de la comunidad laboral. Usar y mantener responsablemente los equipos de protección personal. Usar y mantener responsablemente laszonas de saneamiento básico, áreas recreativas,zonas de descanso. Acatar las instrucciones, reglas o normativas dentro de las instalaciones, respetando y haciendo uso de los avisos, señales y advertencias reglamentarias. Informar de inmediato en caso de zonas inseguras oInsalubres al comité. Participar activamente en las elecciones de loscomités de seguridad y salud laboral.
Sien algún caso formase a ser jefe o cabecilla de grupo, observar el buen cumplimientos de las normas de seguridad y salubridad. Abstenerse de incurrir en conductas inapropiadas que puedan hacer incumplir las normas de seguridad y salubridad.
CAPITULO II Derechos y deberes de los empleadores y empleadoras. Art. 55: Los trabajadores y trabajadoras deben cumplir con las normas de higiene, seguridad, ergonomía y políticas de prevención. Solicitar y recibir asesoría del comité de seguridad y salud laboral. Participarde manera colectiva en las actividades concernientes a la buena prestación de servicios de seguridad y salud laboral. Recibirinformación y capacitación en razón a la seguridad y salubridad laboral.
Exigir a los trabajadores y trabajadoras el buen uso y cumplimiento y respeto de los equipos personales de protección, avisos, advertencias y las normas de seguridad y salubridad, como también las áreas de saneamiento básico, y las áreas recreacionales. Emitir la propuesta ante el comité de los trabajadores (as) que incumplas con las normas establecidas, y recibir la pronta y adecuada atención en relación a las solicitudes emitidas al comité de higiene y seguridad laboral. Garantizar a los trabajadores (as) el pago de sus horas laborales así como sus prestaciones en el tiempo correspondiente. Exigir a los trabajadores la adecuada conducta dentro de las áreas de trabajo.
Los empleadores y empleadoras tienen el deber de adoptar las medidas necesarias para garantizar la salud y seguridad del bienestar común. Organizar el trabajo conforme a la actualización tecnológica en razón a la capacidad mental y física de los trabajadores (as). Informar a los trabajores (as) de las previsiones y condiciones de salubridad y seguridad, así como al comité en caso de condiciones inseguras.
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